Si una persona tiene 55 años y se encuentra en estado de indigencia por el alcohol, con varias causas judiciales por amenazas a una hermana, hurto, etc; pero capacitado para trabajar. ¿Puede iniciar acciones legales por alimentos a sus hermanos?
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hola, en el caso que lo inicie él deberá justificar el pedido de alimentos y uds. deberán solicitar el rechazo de la demanda con costas a su hermano, demostrando que no existe tal obligación alimentaria atento la situación que describe
Estimado, en realidad si la persona se encuentra enferma producto del alcoholismo, sus familiares deberían tomar acciones a los fines de internarlo para su posible mejoría y tratamiento.Pero si la persona tiene pleno discernimiento, y puede trabajar, la cuota alimentaria entre parientes procede en casos excepcionales,en ppio y sin saber detalles si esta persona esta lucida y trabaja,no le corresponderia a sus hermanos.Habría que ver el caso muy puntual para brindar un mejor asesoramiento y mas preciso,ya que las soluciones cambian en base a los problemas reales.Saludos cordiales.