Lamentablemente estamos en una mala relación a punto de separación. Mi consulta es si me corresponde algo de los bienes ( tiene vehículos y propiedades).
Tenemos un hijo de 21 años en común
Yo una hija de una relación anterior y el 2 de su matrimonio.
Agradecería mucho su respuesta.
Gracias!
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Estimada:
Hay que analizar a nombre de quien están esos bienes y si Usted participó económicamente en la compra y tiene como probarlo. Para mayor asesoramiento, quedo a disposición. Saludos, Estefania Moreno.
Hola, en una relación de pareja que se encuentra en una situación de separación, la distribución de los bienes se rige por las normas del derecho de familia y el Código Civil y Comercial.
Régimen patrimonial
1. Régimen de comunidad: Si no hay un régimen patrimonial pactado, se aplica el régimen de comunidad, según el cual los bienes adquiridos durante la relación son comunes.
2. Participación en los bienes: En caso de separación, cada parte tiene derecho a una participación en los bienes comunes.
Bienes comunes
1. Vehículos: Los vehículos adquiridos durante la relación son considerados bienes comunes.
2. Propiedades: Las propiedades adquiridas durante la relación también son consideradas bienes comunes.
Hijos
1. Hijo común: El hijo de 21 años que tienen en común es considerado un hijo mayor de edad, por lo que no se considera en la distribución de los bienes.
2. Hijos de relaciones anteriores: La hija de tu relación anterior y el hijo de la relación anterior de tu pareja no se consideran en la distribución de los bienes.
Procedimiento
1. Acuerdo de separación: Pueden llegar a un acuerdo de separación que incluya la distribución de los bienes.
2. Juicio de separación: Si no hay acuerdo, se puede iniciar un juicio de separación, en el que se decidirá la distribución de los bienes.
Espero haberle sido de utilidad, cualquier inquietud a sus órdenes.