Consulta penal
Hola. Si una persona es sobreseida en causa vieja y ahora tiene una causa nueva por el mismo motivo y al realizar el otip figura, qué pasa?
Hola. Si una persona es sobreseida en causa vieja y ahora tiene una causa nueva por el mismo motivo y al realizar el otip figura, qué pasa?
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Estimado: si solicito el sobreseimiento y luego borrar sus antecedentes no debería aparecer, si no lo hizo, si, claro
La OTIP es la Oficina Técnica de Identificación de personas, con su huella, se ve todo
Soy posgraduada en derecho penal, quedo a la orden para lo que necesite
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Saludos
Dra. Daniela Spinelli
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HOLA! ¿fue preso nomas? Quedo a su disposición.- Saluda a Ud.- Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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hola si una persona es sobreseída en una causa vieja y luego se le inicia una nueva causa por el mismo motivo, puede ocurrir lo siguiente:
a)No se puede aplicar el principio de "non bis in idem": Este principio establece que una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo delito. Sin embargo, si la primera causa terminó en sobreseimiento, no se considera que la persona haya sido juzgada y condenada, por lo que no se aplica este principio.
b)La nueva causa puede avanzar: La sobreseimiento en la causa vieja no impide que se inicie una nueva causa por el mismo motivo. La nueva causa se tramitará de acuerdo con las normas procesales vigentes.
c) Si se realiza el OTIP en la nueva causa, se pueden recopilar pruebas y tomar indicios que puedan ser utilizados en la investigación.
Es importante destacar que el sobreseimiento no implica que la persona sea inocente, sino que no se han encontrado suficientes pruebas para continuar con el juicio. La nueva causa puede avanzar y, si se encuentran pruebas suficientes, la persona puede ser juzgada y condenada.
En resumen, el sobreseimiento en una causa vieja no impide que se inicie una nueva causa por el mismo motivo, y se puede realizar el OTIP en la nueva causa para recopilar pruebas y tomar indicios. Espero haberle sido útil, a sus órdenes.
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HOLA! ¿Soluciono su tema? Quedo a su disposición.- Saluda a Ud.- Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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HOLA! Pasa que su defensor/a no lo asesora bien, y quizas no termino su trabajo completo.- La Oficina Técnica de Identificación de Procesados (OTIP) es una terminal informática de la Pcia. de Bs. As., que no reemplaza ni al certificado Nacional de Antecedentes Penales, o reincidencia; ni al correcto trabajo profesional.-
Es necesario estudiar los expedientes para poder asesorarle bien.- Las posibles falencias son innumerables: ¿Cual es su condicion procesal? ¿Archivo, suspension, sobreseimiento, condena, etc., etc.,?
Asi haya quedado libre de culpa y cargo -que no aclara su consuta- si su defensor/a no hizo que el Juzgado mande oficio al Registro Nacional de Antecedentes Penales; es lo mismo que nada.-
Necesita contratar un defensor urgente, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Saluda a Ud.-
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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Buen día. Si fue sobreseído y la anotación de la resolución en ese sentido da por cumplido el plazo por el cual debe saberse esta cuestión y el juzgado no efectuó el pedido de levantamiento, debe pedirlo. Ahora si la causa y esta resolución no esta firme, puede tenerse en cuenta para esta nueva causa (reincidencia). Cualquier duda o consulta a su disposición. Saludos Dr. Cejas
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