Hola, que tal, tengo dos hijos en común con mi ex pareja, uno de un año y el otro de ocho años de vida, y quería saber si es que yo si o si debo pasarle el 30% de mi sueldo a la madre, si ella actualmente esta trabajando en blanco y cobra casi lo mismo que yo, y cómo puedo hacer para que ella no gaste la plata en otras cosas mas que lo que mis hijos necesitan. Desde ya muchas gracias
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Nicolás, si el 30% está determinado por sentencia judicial o por acuerdo homologado, es obligatorio. Si tenes dudas del destino que le da la madre de los chicos al dinero, solicita una rendición de cuentas en el expediente judicial. Si no está determinado por sentencia judicial, hay que promover la acción para que se determine el monto, el que no necesariamente es del 30% del sueldo, ya que la ley no pone un porcentaje legal, sino que la cuota alimentaria se fija de acuerdo a las necesidades de los menores.
Saludos y a tu disposición.
Abog. Federico Sangrá
Mendoza
Estimado, no hay porcentaje establecido por ley, se fija de acuerdo a cada caso en concreto (posibilidades del alimentante y necesidades de los hijos) y de acuerdo al criterio de cada juzgado. Por lo general oscila entre un 20% por hijo, meritando que mientras más cantidad de hijo son ese porcentaje disminuye.
ATTE. ESTUDIO JURIDICO DRA. ANA BELEN REY & ASOC.-
SALTA CAPITAL
HOLA, Nicolas! Los montos o porcentajes los fija el Juez de Familia, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Los acuerdos privados, o de palabra, pueden caerse, solo una sentencia judicial le dara seguridad jurídica.-
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-