¿Debo esperar hasta tener a mi bebé para que me pase dinero?
Yo en este momento estoy embarazada, ¿El tiene la obligación de mantenerme? ¿O debo esperar hasta tener a mi bebé?
Yo en este momento estoy embarazada, ¿El tiene la obligación de mantenerme? ¿O debo esperar hasta tener a mi bebé?
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Estimada, es una pregunta un tanto compleja, por lo que le recomendaría una entrevista personal.
Sin embargo, tenga presente que el alimentante no mantiene a la pareja, sino a los hijos, es decir, el no tiene obligación de mantenerla, sino de mantener al menor, en principio, una vez que nazca, pero sí se puede solicitar que aporte a los gastos propios del embarazo.
Quedo a su disposición para un mayor asesoramiento.
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Por ser incapaz de ejercer sus derechos (la persona por nacer = aquel que engendra en su vientre), a estar del artículo 24 inciso a del Código Civil y Comercial, la persona por nacer habrá de ser representada, en el proceso por sus alimentos, por su madre, conforme las disposiciones de los artículos 101, inciso a y 661, inciso a de aquél. En su defecto, y subsidiariamente, entonces, por cualquiera de sus parientes, o el Ministerio Público, actuando este último, en la hipótesis, en modo principal y no complementario, conclusión ésta fundada en una adecuada integración de los artículos 661, inciso c y 103, inciso b del mencionado Código.
Como lo estipula el artículo 665 del C.C. y C.N. “la mujer embarazada tiene derecho a reclamar alimentos al progenitor presunto con la prueba sumaria de la filiación alegada.
Conclusión: SÍ, ESTÁ EN CONDICIONES DE DEMANDAR ALIMENTOS PREVIO AL NACIMIENTO.-
QUEDO A VUESTRA DISPOSICIÓN.-
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Buenas tardes.
Efectivamente, el padre de su hijo debe pagar una cuota alimentaria por su hijo, no por Usted.
Pero puede solicitar el pago de una cuota alimentaria de la persona por nacer.
Para mayores consultas, quedamos a su disposición.
Saludos cordiales,
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