Que tal, quisiera saber cómo actuar estando yo en Arg y la otra parte en Australia. Si no hay acuerdo conjunto, y el último domicilio conyugal fue en Australia, pero yo hace un año que estoy en argentina. Puedo divorciarme acá ? Rigen las leyes de acá ? Ella puede pedir el divorcio ahí y tengo que ir ?
Gracias
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Hubo un error
Por favor, probá de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta ha sido útil para 1 personas
Estimado Hoper: somos especialistas en derecho internacional, deberíamos ver los últimos años donde rigió el matrimonio y también verificar si ella inició algo,
Quedo a disposición,
Atentos saludos
Dra. Daniela Spinelli
Solo a modo de general y abstracto ya que se debería tener mucha mas información específica del caso.
1. Jurisdicción y legislación aplicable en Argentina
Según el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, la legislación aplicable en materia de divorcio está principalmente en los artículos 2625 y 2635:
Artículo 2625: Argentina tiene competencia cuando uno de los cónyuges tiene domicilio o residencia habitual en el país. En este caso, al estar residiendo en Argentina por un año, podrías solicitar el divorcio ante tribunales argentinos.
Artículo 2635: Establece que el procedimiento de divorcio se rige por la ley del país en el que se inicia la demanda. En Argentina, el divorcio es incaussado (no se requiere expresar motivos) desde la reforma del Código Civil y Comercial de 2015. Por lo tanto, no es necesario el consentimiento de la otra parte ni exponer causales. Solo se requiere acreditar la residencia.
La legislación argentina considera también las normas internacionales para el reconocimiento de sentencias extranjeras (exequátur). En este caso, si el divorcio se tramitara en Australia, podría reconocerse en Argentina cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 517 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Estos requisitos incluyen que la sentencia sea definitiva, que no sea contraria al orden público argentino y que la otra parte haya tenido la oportunidad de defenderse.
Jurisprudencia relevante en Argentina:
El fallo de la Corte Suprema de Justicia en “B., E. M. c. C., J. E.” (2017) es un precedente clave, ya que la Corte determinó que la residencia habitual en Argentina otorgaba competencia a sus tribunales para tramitar el divorcio, aunque el último domicilio conyugal hubiera sido en el extranjero. Esto apoya tu posibilidad de iniciar el proceso en Argentina.
2. Jurisdicción y legislación aplicable en Australia
En Australia, el Family Law Act de 1975, actualizado con las enmiendas más recientes, regula el divorcio. Este establece que uno de los cónyuges puede solicitar el divorcio si ha residido en Australia por al menos 12 meses antes de iniciar el proceso. Dado que tu cónyuge aún reside en Australia y el último domicilio conyugal fue allí, Australia también tendría jurisdicción.
En cuanto a los requisitos para el divorcio, Australia sigue un enfoque similar al de Argentina, con el divorcio sin culpabilidad (“no-fault divorce”). La única exigencia es demostrar una separación de al menos 12 meses, lo que es congruente con la tendencia global de facilitar el acceso al divorcio.
Jurisdicción transnacional:
Si tu cónyuge inicia el divorcio en Australia, no estarías obligado a viajar, ya que Australia permite la participación remota o por representación legal en estos casos. Además, las decisiones sobre aspectos económicos o patrimoniales seguirían las normativas australianas, a menos que las partes acuerden lo contrario.
Jurisprudencia en Australia:
El caso Macrae v. Macrae [2017] FCCA 2125 aclara que el lugar de residencia habitual en los 12 meses previos a la solicitud es determinante para la jurisdicción en casos de divorcio internacional. Esta decisión respalda la posibilidad de que tu cónyuge solicite el divorcio en Australia.
3. Derecho Internacional Privado y Convenios Aplicables
En el marco del Derecho Internacional Privado, ambos países, aunque no están vinculados directamente por tratados bilaterales en materia de divorcio, son signatarios de acuerdos internacionales que facilitan el reconocimiento de sentencias extranjeras. En particular:
Convención de La Haya sobre el Reconocimiento de Divorcios y Separaciones Legales de 1970: Aunque Argentina no es signataria, Australia sí lo es. Este tratado facilita el reconocimiento mutuo de divorcios entre países firmantes. Aunque no se aplique directamente en Argentina, Australia puede reconocer un divorcio dictado por los tribunales argentinos.
Convenios internacionales de cooperación judicial: Aunque no existe un tratado específico entre Argentina y Australia, ambos países reconocen decisiones judiciales extranjeras, siempre que respeten las normas procesales locales y el orden público.
4. Posibles escenarios y estrategias
Iniciar el divorcio en Argentina: Tienes la opción de presentar la demanda en Argentina, ya que resides allí desde hace un año, cumpliendo con el requisito de residencia habitual. En este caso, las leyes argentinas, que son más ágiles en cuanto al procedimiento de divorcio unilateral, serán aplicables. La otra parte podrá ser notificada y, si no colabora, el proceso continuará.
Divorcio iniciado en Australia: Si tu cónyuge inicia el divorcio en Australia, podrías participar de forma remota. Las sentencias emitidas en Australia podrían ser reconocidas en Argentina, siempre que cumplan con los requisitos de exequátur.
Conclusión:
Tienes la posibilidad de solicitar el divorcio en Argentina bajo la legislación vigente, ya que cumples con el requisito de residencia habitual. Si tu cónyuge inicia el proceso en Australia, podrías participar a distancia, y la sentencia emitida allí sería reconocida en Argentina mediante el exequátur. Ambos países permiten un procedimiento rápido y sin causales, lo que facilita el proceso en cualquiera de las dos jurisdicciones.
Buen día, un gusto. Si puede. Ese procedimiento se llama Exequatur internacional, puede perfectamente iniciarlo aca y hacer reconocer la sentencia dictada por juez competente de nuestro pais, en donde Ud. se caso. Nosotros nos especializamos en esos procedimientos, contáctenos. Saludos. Dr. Cejas
HOLA, Hoper! Si! Podemos ayudarle, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?, ¿tiene su certificado de matrimonio legalizado?, ¿tiene DNI Argentino?, ¿tiene el domicilio de ella en Australia?
Quedo a disposición.- Saluda a Ud., Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-