horario laboral

Realizada por jose. 31 ago 2016 Abogado laboral

Tengo una duda muy grande.

En mi trabajo hay horario corrido. Trabajo "44hs semanales" pero mi pregunta es la siguiente. Tengo 30 minutos pars almorzar pero la tengo que recuperar. Osea trabajo 9 hs y medía por día recuperando esa media hora de descanso.

¿El horario para almorzar no entran en las 44hs semanales?

Porque trabajo media hora más todos los días sin cobrarla.

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Depende lo que diga el convenio colectivo aplicable, sino dice nada se considera que si estás a disposición del empleador ( es decir, comés en el comedor de la empresa o dentro del lugar de trabajo) se considera que el horario de comida integra la jornada de trabajo, y si tenés la posibilidad de elegir irte media hora afuera, no forma parte del horario de trabajo. Igual los fallos de los jueces también tienen en cuenta la duración del horario de comida, (en este caso se considera muy corto). Atte. Dra. Silvia C Bianchi a tu disposición

Silvia Bianchi Abogado en Congreso (Buenos Aires)

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Depende lo que diga el convenio aplicable, sino dice nada , el criterio es que si estas a disposición de tu empleador o no en el horario de almuerzo, es decir, si podes elegir libremente donde ir , o tenés que almorzar dentro de la empresa o en un comedor de la empresa, en esos casos, se considera que forma parte de la jornada , si salís y elegís vos, no estaría dentro de la jornada

Silvia Bianchi Abogado en Congreso (Buenos Aires)

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En algunos convenios, contemplan un descanso después de una cantidad establecida de horas. El empleador debe colocar carteles con los horarios de trabajo. Y si su convenio no lo prevé la media hora de descanso no es paga.
Atte. Dr. Dimitroff

Estudio Dimitroff Abogado en San Salvador de Jujuy

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HOLA, Jose! Deberia enviar carta documento laboral a la empresa para establecer sus horarios en fiorme, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Los acuerdos privados, o de palabra, pueden caerse, solo una sentencia judicial le dara seguridad jurídica.-
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-

Doctor Carlos Alberto Alonso Abogado en Balvanera (Buenos Aires)

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