Límites legales de la ficción y el arte

Realizada por Fifi. 2 may 2024

Buenos días tardes o noches.

Me da un poco de vergüenza preguntar esto pero ahí va.

Quería hacer una consulta un tanto específica.
Soy una artista y hace poco e empezado a plantearme el hacer contenido erótico sobre personajes completamente ficcionales.

Mi duda yace en cuáles podrían ser los límites legales de la profesión, he estado buscando mucho al respecto en redes y no puedo encontrar mucho que digamos, siempre me encuentro con las leyes de protección de la pornografía infantil la cual desde el vamos no pienso hacer, lo cual me llevo a buscar consejo legal en este sitio.

Cómo artista conozco las redes y he visto que incluso muchos compañeros que conozco de este país que suelen hacer contenido conocido como furry, seres animales o monstruos ficcionales con cuerpos antropomorficos (humanos), muchos incluso hasta haciendo contenido erótico con ellos, ejemplos hombres lobo, hombres lagarto, minotauros, demonios etc.

Sé que es bastante raro pero este contenido suele tener bastantes fans en las redes y se suele ganar un buen dinero haciendo comisiones para gente otros lados del mundo, hasta he llegado a ver a muchos de estos artistas argentinos en lugares como la argentina ComicCon u otros eventos de importancia del pais, me he empezado a plantear la posibilidad de hacer también este tipo de contenido y ya he tenido ofertas las cuales aún no he dado visto bueno hasta saber más sobre la situación legal de la ficción erótica y sus límites o siquiera si podría meterme en algún problema, mi situación monetaria se está complicando mucho y no me he preparado en otra profesión que no fuese el dibujo además de que no suelo recibir muchos pedidos de comisiones normales que digamos, también por supuesto me pico el bicho de la curiosidad y quería tener un panorama más amplio de lo que podría y no podría hacer legalmente como artista erótica.

Muchas gracias de antemano y perdón por las imágenes mentales, por cierto soy de provincia de buenos aires.

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Es una opción válida de trabajo y, si no hay involucrados menores de edad -bajo ningún concepto-, no tendrías que tener problema alguno. La pornografía infantil está penada por nuestras leyes y por leyes internacionales. Siendo tu trabajo para adultos no hay nada que te lo impida. Para una explicación más detallada, tendrías que comunicarte con el Estudio.

Estudio Jurídico Velo Abogado en Villa María

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En principio no habría nada ilegal. Pero si querés una respuesta más completa, te tendría que cobrar. Sí te puedo decir que los honorarios en mi provincia son bastante más baratos que en Bs As o CABA.
Podés escribirme al 264-3203374 o por email a lurobledozalazar@gmail.com.

Saludos.

Lucas Robledo Zalazar - Abogado Abogado en San Juan

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