Pagos por un viaje

Realizada por Elizabeth. 23 may 2024

En el 2020 me dieron una pequeña beca para un programa de estudios y cuando se cerró todo por pandemia yo fui pagando en cuotas el viaje. En el 2022 cuando fui a sacar la visa para EEUU no me la aprobaron motivo por el cual no podía viajar. En la empresa dicen que por contrato no devuelven el dinero del viaje pero yo no firme ningun contrato ya que el que me enviaron decía que yo iba a viajar en enero 2022 y yo les explique que eso era imposible porque mi entrevista para la visa era recien en febrero 2022. Quisiera saber si tiene sentido consultar con un abogado para tomar acción legal o no, teniendo en cuenta que tengo los recibos de todos los pagos. Desde ya muchas gracias.

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Estimado/a: Comprendo la situación que frustró la posibilidad de emprender el viaje de estudios para el cual había efectuado los pagos correspondientes. Sin embargo, no considero ajustado a derecho que sea usted quien deba soportar las consecuencias económicas de la frustración del viaje, sumado a que al menos estamos frente a un "enriquecimiento sin causa" por parte de la Empresa.
Si bien es cierto que la aprobación de visados está sujeta a factores discrecionales por parte de las autoridades consulares o Embajada, también lo es que usted oportunamente notificó a la empresa respecto de la fecha en que efectivamente podría concretar el viaje, ante la programación de su entrevista consular, y los pagos fueron hechos como menciona. Por otro lado, en principio no correspondería ahora alegar la existencia de un "contrato" que usted no firmó, y de haberlo celebrado en forma electrónica, como mínimo vislumbro cláusula abusiva como contrato de adhesión, si quisiéramos forzar la existencia de algún acuerdo vinculante.
Asimismo, la legislación establece que, en los contratos preparatorios, quien no es responsable de la frustración del objeto principal no puede verse obligado a soportar las consecuencias patrimoniales de la misma. En este caso, la empresa se benefició indebidamente con fondos que no empleó en la finalidad para la cual le fueron girados. De allí el referido enriquecimiento sin causa.
Teniendo sólo en cuenta lo expuesto, considero que en principio se puede reclamar la devolución de los montos abonados, con intereses y gastos, debiendo analizar plazos, montos, vías de acción y documentación, así como cualquier otra prueba que pueda poseer. Desde ya podemos aconsejarle los pasos a seguir para que sus derechos como consumidor no se violenten durante el plazo previo a la prescripción. Quedamos a su disposición por cualquier consulta adicional que pudiere surgir. Un cordial saludo. Dr. Vicente Del Federico.

Estudio Jurídico Dr. Vicente Del Federico & Estudios Asociados. Abogado en Belgrano (Buenos Aires)

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En primer lugar te recomendaría que vayas a poner la denuncia a defensa del consumidor de tu jurisdicción. Ellos te van a brindar asesoramiento en forma gratuita. Algunas de estas reparticiones funcionan muy bien, otras no tanto, según la provincia.
Si ves que va muy lento vas a tener que buscar un abogado. Entrá a la página del Colegio de Abogados de tu jurisdicción para asegurarte que de el abogado que elijas esté inscripto y habilitado para el ejercicio.

Si sos de San Juan podes contactarme al 264-3203374 o a lurobledozalazar@gmail.com
Saludos.

Lucas Robledo Zalazar - Abogado Abogado en San Juan

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Estimada: claro que esta habilitada la vía legal para accionar. Sobre todo por los pagos ya efectuados.
Escribanos, nos encontramos a su entera disposición,
Dra. Daniela Spinelli
11 2165-7675
Http://buenosaireslegalgroup.com.ar

Legal Group Abogado en San Isidro

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