¿Puedo despedir a un trabajador si creo que me roba?
Hola. Ha faltado dinero en la caja varias veces en los últimos tiempos y sospecho que es uno de mis trabajadores ¿puedo despedirlo por ello?¿estaría obligado a pagar indemnización? Gracias
Hola. Ha faltado dinero en la caja varias veces en los últimos tiempos y sospecho que es uno de mis trabajadores ¿puedo despedirlo por ello?¿estaría obligado a pagar indemnización? Gracias
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Estimado, siempre se puede despedir a un trabajador abonando la indemnización que marca la ley. Para poder despedirlo sin pagar la indemnización debe usted estar en condiciones de PROBAR que el empleado le robó. Quedo a su disposición por cualquier consulta que quiera hacer sobre el tema. Saludos
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HOLA, T. Manero! ¿Soluciono su tema?
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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Hola, T. Manero. Es un tema muy difícil porque mezcla PENAL y LABORAL, hay que preparar MUY BIEN las pruebas del robo que Ud. acusa, y debe hacer la denuncia.-
No basta la sospecha, o presunción, ya que si la denuncia es rechazada el empleado puede reclamar además de las indemnizaciones laborales, las civiles por daños y perjuicios.-
La practica mas usual es negociar el retiro del empleado en conflicto.-
¿Es en Cap. Fed., o Pcia.?
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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Buen Día, para que se despido con justa causa debés probar que es él quien te roba, si no tenés que pagar indemnización. Quizás lo mejor sea llegar a un acuerdo con el trabajador.
Saludos y a tu disposición.
Abog. Federico Sangrá
Mendoza
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HOLA, T. Manero! Es un tema muy difícil que involucra PENAL y LABORAL, debe preparar MUY BIEN las pruebas del robo, y hacer la denuncia.-
También debe establecer si hay otro personal con acceso a la caja.-
Si la denuncia es rechazada, el empleado además de las indemnizaciones laborales puede reclamar indemnizaciones civiles por daños y perjuicios.-
¿Es en Cap. Fed., o Pcia.?
La practica mas usual es negociar la desvinculación.-
Quedo a disposición.-
Saluda a Ud.,
Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
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