Hola buenos días, tengo tres hijos: 2, 6 y 9. Las tres escolarizadas en colegio público con doble escolaridad. Alquilé una vivienda y soy monotribustista. Facturo para una empresa y mi ingreso varía de 45 a 60.000 mensual. ¿Qué me corresponde pasarles? Gracias.
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Buenas tardes.
No existen sumas de dinero o porcentajes fijos establecidos legalmente.
La cuota alimentaria es una suma de dinero equivalente a la que Usted le destinaría a sus hijos si continuaran conviviendo con Usted.
Se determina caso a caso en función de, por un lado, las necesidades económicas de los alimentados, y, por otro lado, de la capacidad económica del alimentante.
Y siempre debe ser suficiente para satisfacer las necesidades básicas.
En la práctica, es frecuente que se establezca una cuota alimentaria de alrededor del treinta por ciento de los ingresos.
Para cualquier otra consulta, estamos a su disposición.
Estimado, debido a la complejidad de su consulta, recomiendo una entrevista personal.
Sin perjuicio de ello le adelanto que el parámetro para calcular la cuota alimentaria es cubrir el 50% de los gastos del menor y se le impone un poco más al padre no conviviente para compensar los gastos físicos/morales.
Sin embargo, se ha institucionalizado establecer un porcentaje sobre los ingresos mensuales que suele ir entre el 20% y el 25% que en su caso entiendo que rondaría el 25% y 30% del
Quedo a su disposición para un mayor asesoramiento.