¿Tengo 59 puedo iniciar trámite?
Quisiera saber si para iniciar el trámite jubilatoria debo tener cumplidos los 60 años, o en el transcurso de los 59 años puedo iniciarlo? Saludo cordialmente a la espera de su respuesta.
Quisiera saber si para iniciar el trámite jubilatoria debo tener cumplidos los 60 años, o en el transcurso de los 59 años puedo iniciarlo? Saludo cordialmente a la espera de su respuesta.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Hubo un error
Por favor, probá de nuevo más tarde.
HOLA, María I. Sepúlveda! Si! Puede iniciar antes de cumplir los 60, si tiene los 30 años de servicios y aportes acreditados, ¿es en Cap. Fed., o Pcia.?
Quedo a su disposición.- Saluda a Ud.- Atte., Dr. Carlos Alberto Alonso.-
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
Para iniciar el trámite jubilatorio debe, al momento de presentar la solicitud, cumplir con los dos requisitos, de, siendo mujer, tener sesenta años de edad, y de haber realizado los aportes correspondientes durante treinta años. Para mayores consultas, por favor, contáctenos.
¿Te pareció útil?
¡Gracias por tu valoración!
Hacé tu consulta de forma anónima y recibí orientación legal en 48h.
abogados
preguntas
respuestas