Novedades en materia de actualización de los créditos laborales

LA CORTE ANULÓ LA CAPITALIZACIÓN ANUAL DE INTERESES DISPUESTA POR LA JUSTICIA LABORAL. El 29/02/2024, la Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia de la CNATrab. que ordenaba la capitalización anual y sucesiva de intereses.

15 MAR 2024 · Lectura: min.
Novedades en materia de actualización de los créditos laborales

El Alto Tribunal, por unanimidad, consideró que este mecanismo de repotenciación de los créditos no se encuentra previsto en la ley y agregó que, en el caso concreto, derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de fundamento.

EL ACTA 2764/22 DE LA CNTrab. Ante la prolongada duración de los juicios laborales y el aumento de la inflación, la Cámara laboral había establecido la capitalización anual de intereses mediante el Acta 2764/22. Sin embargo, las cámaras empresariales criticaron duramente esta medida.

EL FALLO DE LA CORTE El fallo de la Corte deja sin efecto la capitalización anual de intereses en términos que tornan muy difícil que este mecanismo se mantenga vigente en el futuro.

Dice que "no encuentra sustento en las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación" y agrega que el Acta 2764/22 "deja de lado el principio general fijado por el legislador y crea una excepción que no está legalmente contemplada".

EL FALLO DE LA CORTE: ¿ES OBLIGATORIO PARA LA CÁMARA LABORAL? Es una cuestión controvertida. Sin embargo, en un trabajo de investigación de S. LEGARRE y J.C. RIVERA, titulado "La obligatoriedad de los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde la perspectiva de los tribunales inferiores" (La Ley, cita Online: 0003/012959), los autores concluyen en que los fallos de la Corte Suprema no constituyen una regla de Derecho obligatoria para casos análogos y dicen que, en la práctica, la mayoría de los tribunales inferiores no se consideran obligados a seguirlos.

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La reciente modificación en el sistema de actualización de créditos laborales por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNTrab.) en respuesta al fallo "Oliva" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, marca un hito en el tratamiento de los juicios laborales en Argentina. Antes de adentrarnos en las implicaciones de esta medida, es crucial entender el trasfondo de los eventos que llevaron a este cambio significativo.

Tal como lo había señalado anteriormente, la CNTrab. implementó el Acta 2764/22 en agosto de 2022, buscando contrarrestar la prolongada duración de los juicios laborales y la constante erosión del valor de los créditos laborales debido a la inflación. Este mecanismo de capitalización anual y sucesiva de intereses fue recibido con críticas por parte de los sectores empresariales, desencadenando una serie de recursos que llevaron el caso hasta la Corte Suprema.

La sentencia "Oliva" de la Corte Suprema, emitida el 29/02/2024, dejó sin efecto la capitalización anual de intereses establecida por el Acta 2764/22, argumentando que carecía de sustento legal y contradecía principios legislativos fundamentales. Ante esta decisión, la CNTrab. se vio obligada a buscar un nuevo mecanismo de actualización para los créditos laborales.

Es así como surge el Acta 2783/24, anunciada el 13/03/24, que establece un nuevo sistema de actualización basado en el índice CER del Banco Central más una tasa pura del 6% anual. El índice CER, creado en 2002 para ajustar los préstamos por inflación, compensa la depreciación del peso argentino. Esta medida es aplicable desde la fecha de exigibilidad del crédito hasta el momento del pago efectivo, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda exclusivamente sobre la tasa pura del 6% anual.

¿Cómo afecta esta medida a los juicios en trámite? Es evidente que los créditos laborales reclamados a partir de ahora deberán actualizarse de acuerdo con este nuevo criterio. Aunque la aplicación de este sistema puede resultar en un monto inferior al que se obtenía mediante la capitalización anual del Acta 2764/22, se considera una medida razonable y justa. El índice CER compensa la depreciación de la moneda causada por la inflación, y la tasa pura del 6% anual proporciona un elemento de interés adicional, asegurando así una actualización adecuada de los créditos laborales.

En resumen, la introducción del nuevo mecanismo de actualización de créditos laborales por parte de la CNTrab. pretende adaptar a las demandas legales al contexto económico actual, buscando equilibrar los derechos de los trabajadores con las necesidades de las empresas. Este cambio refleja la dinámica constante del sistema legal y la importancia de la interpretación y adaptación de las leyes a las realidades cambiantes de la sociedad.

Seguramente en un futuro no muy lejano se fijarán posturas jurisprudenciales ajustadas a la complicada economía actual, para salvarguardar los intereses de los trabajadores y a las empresas.

Escrito por

Estudio Jurídico Del Dr. Fernando Britos Ferreyra

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