EL PROBLEMA AMBIENTAL

Junto a la desigualdad económica y la polarización social, los peligros vinculados con la naturaleza son uno de los grandes desafíos globales y mundiales de la nueva era.

1 DIC 2017 · Lectura: min.
Las amenazas ambientales evidencian la urgencia en la aplicación de medidas

Peligro medioambiental a nivel global

Las amenazas ambientales evidencian la urgencia en la aplicación de medidas a fin de evitar que el calentamiento global escape a nuestro control y nos lleve a una situación de consecuencias negativas e imprevisibles para la humanidad.

Las acciones de las personas sobre el medioambiente siempre han provocado efectos colaterales sobre éste. Existen varios tipos de acciones que inciden de modo negativo contribuyendo al daño de nuestro planeta, como la contaminación de los mares con petróleo, la pérdida de superficie de hábitats naturales, la producción de desechos radiactivos y/o nucleares, la contaminación auditiva, entre otras. Aunque el impacto ambiental, que supone una alteración del medio ambiente por causas ajenas a él mismo, no encuentra siempre su origen en causas humanas; es posible que provenga de la misma naturaleza, como puede ocurrir cuando se desata una catástrofe natural, lo cual constituye un hecho imprevisible e inevitable en muchas ocasiones.

¿Qué marco normativo existe en Argentina?

Nuestro país cuenta con un artículo contemplado en la Contitución Nacional, que establece que el ambiente "debe ser apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer a las generaciones futuras".

De ello se desprende que el ambiente debe ser conducente a la trascendencia del ser humano, permitiéndole el desarrollo progresivo mediante un compromiso hacia el futuro, teniendo en mira a las generaciones futuras, preservándolo para ellas, permitiendo que logren vivir en condiciones similares o superiores.

Esta cláusula ambiental se funda sobre valores de paz y solidaridad, brindando tutela directa al medioambiente, consagrándolo como un bien jurídico. Del texto constitucional se determina que le compete al Estado federal "dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección" y será a cargo de las Provincias el dictado de normas que fueren necesarias para complementar esa legislación proveniente de la Nación.

Puede concluirse entonces, que el piso de la protección ambiental, es decir, aquello concebido como "requisitos mínimos" provendrá de la actividad legislativa de la Nación, en tanto que las Provincias procederán a incrementar dicha base integrándolas con otras que sirvan de complemento.

La ley 25675

Al reformarse la Constitución Nacional en el año 1994 se incorporan numerosos derechos considerados como "derechos de tercera generación" y entre ellos uno es el derecho a un ambiente saludable, apto para el desarrollo. Ésta es la razón por la cual se considera necesario que se dicten leyes especializadas en la materia, con la finalidad de que esos nuevos derechos de tercera generación no se encuentren desprotegidos y sin regulación legal.

La ley 25675 es una ley de carácter Nacional que se denomina Ley General del Ambiente y fue sancionada en el año 2002. Se trata de una norma que tiene como principal objetivo establecer un marco legal apropiado para la protección del medioambiente, otorgando los presupuestos mínimos para la gestión ambiental y para "el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable".

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