La trata de mujeres con fines sexuales corresponde a la Justicia Federal

En la investigación existe una hipótesis delictiva del acusador público que constituye en primera instancia el delito de trata de personas, que corresponde a la Justicia Federal.

29 MAR 2019 · Lectura: min.
La trata de mujeres con fines sexuales corresponde a la Justicia Federal

La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca estableció que la Trata de mujeres debe ser juzgada en el Fuero Federal, anulando la competencia de un Juez de Garantías; en relación a una causa de explotación sexual a mujeres en un local de esa ciudad.

El problema de la competencia de ambos fueros comenzó cuando en primera instancia se calificó a los hechos como "de facilitación de la prostitución ajena", descartando el "delito de trata de personas" por resultar prematuro.

Es así como el Tribunal de Bahía Blanca revocó la declaración de incompetencia decretada por el Juez Federal resolviendo la negativa a su favor, ya que ambos magistrados mantienen sus investigaciones sobre un único objeto procesal, dando fundamento a la necesidad de promover la competencia del Fuero Federal.

La razón fundamental que sostiene el Fallo es que en la investigación existe una hipótesis delictiva del acusador público que constituye en primera instancia el delito de trata de personas, que corresponde ser juzgada por la Justicia Federal.

Los jueces de Bahía Blanca argumentan que para decidir sobre una disputa de competencias se toman en consideración la economía procesal y la administración de justicia. 

Para justificar la decisión, los magistrados también se apoyaron en casos similares en relación a la competencia, en donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en el mismo sentido.

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