Escándalo de abuso de menores en el fútbol, ¿qué dice el Código Penal Argentino?
El abuso de menores en dos de los clubes más grandes del fútbol argentino puso en alerta a toda la sociedad, sobre la seguridad de nuestros hijos en un lugar tan familiar como el club.
Por medio de una denuncia realizada desde AVIVI, la cual se trata de una Asociación de Ayuda a las Víctimas de Violación, se tomó conocimiento de que dos varones que vivían en la pensión del Club River Plate habrían sido abusados, asimismo se denunció el abuso de una chica que jugaba al vóley en la misma institución. El testimonio que fue clave para realizar la denuncia es el de una médica cirujana que trabajó en el allí varios años. Al haberse filtrado el escándalo en otro club del país, Independiente, la mujer sintió la necesidad de hablar.
"Ella no se animó a hacerlo sola. Por eso llamó a AVIVI, para que nosotros fuéramos el respaldo de su denuncia", contó la titular de la ONG, María Elena Leuzzi. ¿Cómo se habría enterado la médica? Fuentes directas aseguran que se habría enterado por medio del psicólogo, los chicos en las horas de sesión le habían manifestado que estaban angustiados y terminaron contando que habían sido abusados.
En Independiente en cambio, el escándalo se destapó en el mes de marzo cuando el propio club informó que había presentado una denuncia luego de que trascendiera que un jugador de juveniles supuestamente prostituyó a varios chicos de entre 14 y 16 años. Las acusaciones surgieron por primera vez después de que uno de los jugadores se descompusiera en el transcurso deuna sesión psicológica. Dijo que había sido abusado sexualmente, que lo habían sometido a tenerrelaciones sexuales con hombres por dinero y que los jugadores fueron reclutados para una red de prostitución por otro miembro del club.
Tanto en River Plate como en Independiente la Fiscal Garibaldi determinó que sus perfiles son "casi idénticos" en cuanto al modus operandi de los abusos, y que les realizarán perfiles criminológicos y psiquiátricos. Los delitos que se imputan son abusos sexuales con acceso carnal a víctimas de menos de 16 años y corrupción de menores.
¿Qué dice el Código Penal? ¿Cómo está penado el abuso sexual?
La Ley 27.352 modificatoria del artículo 119 del Código Penal de la Nación, promulgada el 17 de mayo del año pasado pretende definir en forma más precisa las acciones que comprende el abuso sexual.
La modificación sancionada por el Congreso busca condenar la penetración oral forzada y la introducción de objetos por vía vaginal y anal.
El antiguo artículo 119 establecía que "la pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando (…) hubiere acceso carnal por cualquier vía". Con la modificación el texto actual quedó redactado de la siguiente manera: "La pena será de 6 a 15 años de reclusión o prisión cuando (…) hubiere acceso carnal por vía anal, vaginal u oral o realizare otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías".
Asimismo establece que "será reprimido con reclusión o prisión de 6 meses a 4 años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de 13 años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción".
Y, por último, "la pena será de 4 a 10 años de reclusión o prisión cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización, hubiere configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante para la víctima".