Mobbing o acoso moral al trabajador: lo que dice la normativa legal argentina

El Mobbing es uno de los problemas legales que más afectan al ámbito de trabajo en el mundo moderno.

1 DIC 2014 · Lectura: min.
Mobbing o acoso moral al trabajador: lo que dice la normativa legal argentina

El Mobbing ha sido definido en el campo de la psicología en la década de los años ochenta por el profesor sueco Heinz Leymann como "aquella situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica externa, de forma sistemátca y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona acabe por abandonar el lugar de trabajo".

Este fenómeno se ha trasladado al derecho laboral y su creciente desarrollo ha dado origen a una gran actividad por parte de los Tribunales Laborales de nuestro país, los que en muchos casos han contemplado dicha figura como causal de despido el trabajador. El Mobbing puede taer aparejada la exclusión definitiva del trabajador del mercado laboral. Asimismo, puede representar un costo laboral y un costo económico por la pérdida del ingreso mensual derivado de la fuente de trabajo. Para el empresario, el mobbing genera un costo económico a causa del pleito legal que puede traer consecuencias condenatorias que repercutirán necesariamente sobre su reputación corporatival.

Heinz Leymann presenta un cuestionario de 45 preguntas que permiten determinar si un trabajador está ante una situación de acoso laboral. Entre ellas, se mencionan:

  • Se producen ataques verbales y críticas sobre el trabajo realizado o sobre la vida privada del trabajador
  • Existen amenazas verbales por parte de jefes o compañeros de trabajo
  • Se ignora a la víctima, se la aísla y se niega su presencia física
  • No se asigna trabajo a la víctima o se le asignan tareas totalmente inútiles o absurdas
  • Se le asignan tareas muy inferiores a su capacidad o competencias profesionales o se le asignan sin cesar tareas nuevas y trabajos humillantes
  • Se calumnia o ridiculiza a la víctima
  • Se acosa sexualmente a la víctima o se la agrede físicamente
  • Se le obliga a realizar trabajos peligrosos o especialmente nocivos para la salud

La finalidad de esta conducta es precisamente, que la víctima acabe abonadonando su puesto de trabajo. O puede fundarse en la necesidad del agresor de canalizar una serie de impulsos y endencias psicópatas. En ésta situación el, o los agresores aprovechan las deficiencias y características de la organización y del entorno social.

FASES DEL MOBBING

El Mobbing es un fenómeno que comienza a desarrollarse lentamente, en forma progresiva, y provoca en la vícitma un desgaste psicofísico importante e irreparable. Esta situación encuentra su punto de partida en la existencia de conflictos insignificantes, pero que sirven como posibles estrategias tendientes a dar cominezo a lo que se denomina "acoso laboral".

Primera Etapa: Inicio del Acoso Psicológico. La vícitma sufre hostigamiento psicológico, y una de las primeras reacciones es el desconcierto, ocasionándo como consecuencia falta de sueño e ideación recurrente.

Segunda Etapa: Apertura del Conflicto. La víctima experimenta un incremento en la ejecución de estrategias ejecutadas por el hostigador, dirigidas a ella, donde recibe amenazas o intimidaciones, ya sea de tipo verbal o punitiva afectando la estabilidad laboral.

Tercera Etapa: Intervención de otros jefes. En ésta etapa la vícitma debe ser auxiliada, ya que si no se actúa a tiempo, puede producirse el abandono voluntario del empleo. Geralmente aparece una nueva enfermedad que antes no había aparecido.

Cuarta Etapa: la despedida o huida del trabajo. La víctima que es el trabajador, tiene un estado de salud deteriorado, lo cual torna imposible el regreso a su puesto de trabajo luego de haber obtenido licencia dentro de la organización laboral, o sea que refleja claramente la pérdida de su vocación y un daño irreparable en su salud física y psíquica; produciendo en consecuencia un deterioro enorme de vínculos familiariales y personales.

NORMATIVA LEGAL APLICABLE EN ARGENTINA

En Argentina para referirnos específicamente a las normas que son aplicables para los casos de Mobbing son: desde el Fuero Laboral, las normas de la Ley 20.744 Ley de Contrato de Trabajo en los siguientes artículos:

Art. 62 "las partes están obligadas activa y pasivamente no sólo a lo que resulta expresamente de los términos del contrato, sino a todos aquellos comportamientos que sean consecuencia del mismo, resulten de esta ley de los estatutos profesionales o convenciones colectivas de trabajo, apreciados con criterio de colaboracion y solidaridad"

Art.63 "Las partes obligadas a obrar de bena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la realción de trabajo"

Art. 65 "Las facultades de dirección que asisten al empleador deberán ejercitarse con carácter funcional atendiendo a los fines de la empresa, a las exigencias de la producción, sin perjuicio de la preservación o mejora de los derechos personales y patrimoniales del trabajador"

Art. 78 "El empleador deberá garantizar al trbajdora ocupación efectiva, de aucerdo a su calificación o categroía profesional, salvo que el incumplimiento responda a motivos fundados, que impidan la satisfacción de tal deber"

Art. 81 "El empleador debe dispensar a todos los trabajadores igual trato en identidad de situaciones…"

Art .246 L.C.T. Cuando el Trabajador hiciese denuncia del contrato de tabajo fundado en justa causa, tendra dercho a las indemnizaciones previstas en los arts. 232,233, 245.

Es dable destacar que, tanto el trabajodor como su representantes legales pueden inciar una acción de daños y perjuicios al empleador y a la empresa, fundándose en los arts. 75 de la L.C.T., 30 de la Ley de Riesgos de Trabajo, y las normas complementairas en el Códifgo Civil, como ser los arts. 1072,1074 y 1109, solicitando una indemnización para todo trabajador que haya sufrido un acoso laboral en el trabajo.

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38 Comentarios
  • Lia Karina Simone

    Necesito asesoramiento a la brevedad posible.

  • ROSANNA ALBARRACIN

    Estoy sufriendo acoso laboral. Necesito asesoramiento, por favor Vicio en R. Lazada

  • Abel Benitez

    Hola gracias por publicar mi caso de mobbing esto me paso en julio de este año en la empresa Ford Planta Pacheco.

  • Abel Benitez

    Hola me gusta el articulo a mi me paso en el trabajo un compañero me hacia mobbing me insultaba me trataba mal y yo nunca le contestaba pero a una persona lo ataca cicologicamente durante un mes hasta que ya no lo aguanta mas nos despidieron a los dos encima a el le pagaron un arreglo voluntario y a mi no me pagaron nada siendo el el culpable. Me corresponde cobrar mi antigüedad daños y perjuicios actualmente estoy sin trabajo desde julio.

  • Griselda Alvarez

    En caso de que una entienda que trabaja en un lugar donde se ven este tipo de cosas. O desigualdades con respecto a las mujeres. ¿A dónde se debe denunciar? ¿Existe alguna página u organismo?

  • Ucedo, Rosa Beatriz

    Empleada del Gobierno de la ciudad sin estabilidad laboral y sufriendo acoso con abuso de poder de un directivo. La estructura jerárquica lo avala. Varios compañeros con la misma problemática

  • Marcelo Rebón

    En mi caso fue el vecino de al lado, durante muchísimos años nos llevamos mal entre familias y pasaron los años, mis hermanos se fueron de casa, mis padres fallecieron y quedé yo solo en esa casa, la casa donde me crié. Durante el invierno y la primavera del 2017 me atacó con olores tóxicos, el viento sur casualmente lo favorecía y me copaba toda la casa con distintos tipos de olores suaves y fuertes, tóxicos que me hacía doler la cabeza o me quemaban las vías respiratorias o bien me daban arcadas. Muchas noches tuve que ir a dormir a la casa de un amigo dejando las mascotas solas. Durante el invierno y primavera del 2018 cambió de táctica y comenzó a atacarme con rayos microondas, el tipo es ingeniero electromecánico jubilado, su hijo es reparador de redes de computación así que para ellos desarmar un microondas es un juego de niños. Mis dos hermanos no me creían y como yo soy paciente psiquiátrico pensaban que se trataba de ideas mías... durante el 2017 se lo dije a la psiquiatra y me quiso internar. En el 2018 no le dije más nada a la psiquiatra porque ya sabía cuál podía ser su respuesta (internarme o subirme la medicación). Finalmente tuve que mudarme a otra casa, otro barrio y alquilé mi casa y yo me alquilé otra casa para vivir. Fue la única solución que encontré. Fui a la municipalidad, a la comisaria, llamé a técnicos especializados en medición de microondas y nadie me brindó ayuda. Por suerte ahora nadie me irradia vivo en paz; pero extraño mi casa. Saludos.

  • Attadia Paula

    Trabajo en un supermercado y sufro acoso laboral por parte de la encargada, me ridiculiza adelante de los clientes y compañeros de trabajo. Necesito ayuda.

  • Mariana uyua

    Soy policía sufro a oso laboral, esta ley también me incluye?

  • Alejandro Rojas

    Tengo 11 años de antigüedad en una escuela privada y hace un año una docente incentiva al resto a no tener contacto conmigo, incluso la directora (cuñada de la docente en cuestión) aprueba esto. Soy el más antiguo de la escuela. No me dan espacio de opinión. Podría ser maltrato laboral.


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