Una breve introducción al Derecho Fiscal o Tributario
El Derecho Fiscal regula el ejercicio del poder tributario del Estado para recaudar fondos provenientes de los ingresos de los miembros de la comunidad.
"Sin rentas no hay fobierno; sin gobierno, sin población, sin capitales, no hay Estado". Ya lo decía Alberdi con sus palabras mostrando de esta manera la temprana preocupación de los argentinos por establecer un sistema eficiente para financiar el proyecto de nación que pensaban construir. Hoy, a casi dos décadas del siglo XXI, las cosas han cambiado pero no deja de haber un poder tributario del Estado.
El Derecho Fiscal o Tributario es una rama del Derecho Público, dentro del Derecho Financiero, que se ocupa del estudio de las normas jurídicas que regulan el ejercicio del poder tributario del Estado para recaudar fondos provenientes de los ingresos de los miembros de la comunidad. El destino de estos fondos es el gasto público lo que, en teoría (y muchas veces solo en teoría) debería volver como beneficio a la sociedad y al bien común.
En otras palabras, el Derecho Fiscal regula la recaudación que el Estado realiza a través de los impuestos a todos los contribuyentes (sean personas físicas o jurídicas) que forman parte de una sociedad. La mayoría de los sistemas impositivos estatales distinguen al menos tres figuras tributarias: el impuesto, la tasa y la contribución especial.
El poder tributario es abstracto, permanente, irrenunciable, indelegable y se funda en la Constitución soberana aunque solo la Nación y las Provincias tienen el ejercicio del poder fiscal originario que tiene su origen en la Constitución Nacional. Los municipios ejercen el poder fiscal derivado, puesto que emerge de una instancia intermedia constituida por las normas provinciales en uso de la atribución conferida por el Art. 5 de la Constitución Nacional.
El Estado tiene el derecho y deber de crear unilateralmente todos los tributos y establecer deberes formales para el pago de los mismos. Comprende también el poder de eximir y de conferir beneficios tributarios, el poder de tipificar ilícitos tributarios y regular las sanciones respectivas.
Algunos ejemplos de tributos
Podemos dividir los impuestos en tres áreas: Impuestos nacionales, Impuestos provinciales e Impuestos municipales.
Impuestos nacionales 1. Impuesto a las ganancias de personas físicas 2. Impuesto a las ganancias de sociedades 3. Impuesto a la renta mínima presunta 4. Impuesto originado en la prohibición de ajustes de Estados Contables por efecto de inflación 5. Impuesto por ajustes en precios de transferencias 6. Derechos de exportación 7. Retenciones por exportaciones agrícolas 8. Derechos de importación 9. Tasas de aduana 10. IVA importación 11. Tasa de estadística 12. Impuesto al monotributo 13. Retenciones sobre salarios para ANSESS 14. Retenciones sobre salarios para PAMI 15. Expropiación cuota ahorro jubilatorio ex.-AFJP 16. Contribuciones patronales para ANSESS 17. Contribuciones patronales para PAMI 18. Contribuciones para asignaciones familiares 19. Cargo por previsión de despidos laborales simples 20. Cargo por previsión de doble indemnización 21. Cargo por previsión riesgo de accidentes de trabajo. 22. Aportes para Fondos de desempleo gremial. 23. Impuesto sobre fletes internacionales 24. Impuesto a la transferencia de inmuebles 25. Impuesto sobre débitos y créditos bancarios 26. IVA sobre servicios al 27 % 27. IVA sobre compras al 21 % 28. IVA sobre compras al 10,5 % 29. Impuesto sobre gas y combustibles líquidos 30. Tasa de kerosene, gas-oil y diesel-oil 31. Impuestos internos 32. Impuesto adicional de emergencia cigarrillos 33. Impuesto a compra-venta de acciones 34. Impuesto adquisición de automóviles nuevos 35. Impuesto a premios de juegos de azar 36. Impuesto del CONFER, radio y televisión 37. Impuesto ITC transferencia combustibles 38. Impuesto a los bienes personales 39. Cargo por sobre-consumo de gas y electricidad 40. Impuesto sobre peajes de autopistas 41. Impuesto sobre rentas financieras (proyectado). 42. Impuesto a la riqueza. Se aplica a los autos de más de $70.000 (11% sobre el monto total). 43. Impuesto para la Agencia de Emergencia Vial. Se creó a principios de 2008, ante la gran cantidad de accidentes en las rutas, y se financia con un 1% adicional al Impuesto Automotor.
Impuestos provinciales 44. Impuesto para infraestructura hídrica 45. Impuesto para Fondo desarrollo eléctrico provincial 46. Impuesto Fondo especial grandes obras energéticas 47. Impuesto sobre tarifas para Secretaria de Energía 48. Impuesto sobre tarifas de agua, luz, gas y teléfonos por aumento en tasa de ingresos brutos, impuestos sobre operaciones bancarias no computables como crédito fiscal e incremento de aportes patronales. 49. Impuesto por infraestructura eléctrica de Santa Cruz 50. Impuesto por Convenio Multilateral controlado por SICOM. 51. Impuesto provincial sobre importes acreditados en cuentas abiertas en entidades bancarias SIRCREB 52. Impuesto por operaciones en otras provinc. a cargo de agentes de percepción y retención SIRCAR 53. Impuesto por ingreso bruto en transporte de gas 54. Impuesto Fondo provincial de compensación tarifas 55. Impuesto del Fondo fiduciario de subsidio residencial 56. Impuestos en urbanizaciones residenciales cerradas 57. Tasas sustitutivas de otros impuestos provinciales 58. Impuesto provincial del Fondo educativo 59 Impuesto de sellos provinciales 60. Tasa de actuaciones judiciales y administrativas 61. Impuesto inmobiliario provincial 62. Tasa contributiva de mejoras rurales 63. Impuestos sobre operaciones de transporte COT 64. Impuesto por canon al gas patagónico 65. Impuesto a Ingresos brutos provinciales
Impuestos municipales 66. Impuesto por DREI derecho de registro e inspección 67. Impuesto municipal por publicidad en góndolas de Supermercados 68. Impuesto de abasto municipal para alimentos perecederos ingresados desde otros Municipios 69. Impuesto a proveedores no-residentes por facturación de Insumos y Servicios a empresas instaladas en jurisdicción del Municipio. 70. Impuesto municipal para obras de infraestructuras 71. Impuesto municipal por transporte de alimentos 72. Impuesto-tasa municipal de cementerios 73. Gravamen municipal por servidumbre de red pública 74. Impuesto por alumbrado público en tarifa de luz 75. Impuesto de ABL alumbrado, barrido y limpieza 76. Impuesto a patentes de automotores 77. Impuesto sobre lanchas y aeronaves 78. Impuesto sobre bienes inmuebles 79. Tasa de pavimentos y cloacas 80. Impuesto por tendido de red de agua potable 81. Impuesto por extensión de la red de gas 82. Impuesto por terrenos baldíos 83. Impuesto sobre casas y departamentos desocupados 84. Impuesto por publicidad en la vía pública 85. Impuesto por publicidad en rodados
¿Qué me puede pasar si no pago los impuestos?
Es difícil evitar el pago de impuestos ya que para ello no se debería comprar ni vender nada, ni adquirir servicios o inmuebles, automóviles, etc. No obstante, si eso ocurriese, lo más grave que te puede pasar es que tu historia crediticia quede afectada por incumplimiento de obligaciones y que no puedas disponer de créditos financieros o préstamos de cualquier tipo por este motivo. Asimismo, se generarían intereses por no pagar en tiempo y forma incumpliendo el deber como ciudadanos e incluso podría ser considerado como evasión fiscal derivando en una pena carcelaria.